Detalla Sedema casos en los que se amplía el periodo para verificar vehículos

Publicado el 27 Febrero 2022

La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina, a través de la Dirección General de Calidad del Aire, informa sobre los casos en los que se podrá hacer efectiva la ampliación de 15 días naturales para verificar los vehículos matriculados en la Ciudad de México:

• De acuerdo con el “Aviso por el que se da a conocer esta modificación al Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2022”, se establece la ampliación del período de cada color de engomado por un término de 15 días naturales, siempre y cuando la verificación se realice en el mismo centro de verificación vehicular y bajo los siguientes casos:

En el caso de unidades rechazadas en el servicio de verificación:

• Sólo se darán los 15 días de ampliación al período a unidades que fueron rechazadas en la última semana de éste.

1) Al ciudadano que acuda a verificar en los 15 días de prórroga y presente además de los elementos establecidos en el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria (PVVO), su rechazo vehicular (obtenido en la última semana de su período de verificación), podrá acudir a verificación sin que le requieran el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea.

2) El servicio de verificación sólo se prestará si el automotor no presenta adeudos de infracciones de tránsito, fotocívicas, ambientales o de tenencia. El estatus de adeudos deberá consultarse en el portal de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), en los siguientes links: https://tramites.cdmx.gob.mx/fotocivicas/public/ https://tramites.cdmx.gob.mx/fotocivicas/public/consulta-verificacion

3) En el supuesto de que el automotor sea rechazado en el período de ampliación, será solicitada al ciudadano copia fotostática del rechazo de la última semana del período natural y le entregarán el original, con el cual podrá volver a intentar aprobar la verificación cuantas veces sea necesario en esos 15 días de prórroga.

• Si después de los 15 días de la ampliación otorgada, el automotor no ha aprobado la verificación vehicular, deberá presentar el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea. Se le podrá otorgar un descuento del 50 por ciento en la referida multa.

En el caso de unidades con adeudos de infracciones cuyo pago no se refleja:

• Se otorgarán los 15 días de ampliación al período a unidades que pagaron sus adeudos de infracciones en cualquier momento de su período, pero el sistema de consulta de adeudos de la ADIP sigue indicando la existencia de estos, durante la última semana del período de verificación, siempre y cuando el ciudadano acuda a verificar en la última semana de su período.

1) Cuando el ciudadano acuda al centro de verificación en la última semana del período, el centro revisará los adeudos de infracciones de tránsito del automotor y, en caso de que existan, se solicitará al ciudadano el documento que acredite el pago de estas.

2) Se evaluará que los pagos realizados cubran la totalidad de infracciones y, de cumplirse con estas condiciones, le sellarán la consulta de adeudos y colocarán una leyenda que indique: “El ciudadano mostró documentos que acreditan el pago de estas infracciones, la autenticidad de estos y resolver ante la SAF la acreditación de los mismos, es responsabilidad del ciudadano”.

3) El ciudadano deberá presentar su unidad a verificar portando, adicional a los requisitos establecidos en el PVVO, su consulta de adeudos sellada por el centro y con la leyenda mencionada. En este caso también deberá consultarse los adeudos en el portal de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), en los links antes mencionados.

4) Se revisará que la consulta esté sellada y con la leyenda indicada, de ser así y que no existan adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se procederá con la verificación vehicular sin solicitarle multa por verificación extemporánea.

5) En el supuesto que el automotor sea rechazado en el período de ampliación o que no pueda realizar la prueba por tener adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se hará acreedor a la multa por verificación extemporánea al concluir los 15 días de prórroga. En caso de que no se refleje el pago de las infracciones ya pagadas y tras concluir los 15 días de ampliación, se orientará al ciudadano para que acuda ante la SAF para resolver esta situación

• Si después de los 15 días de la ampliación otorgada, el vehículo no ha aprobado la verificación vehicular, el centro prestará el servicio solicitando el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea, la cual podrá tener un descuento del 50 por ciento.

En el caso de unidades con adeudos de sanciones cívicas:

• Se otorgarán 15 días de ampliación al período a vehículos automotores que en la última semana de su período presenten adeudos por sanciones cívicas ya sean cursos en línea, presenciales o trabajo comunitario.

1) Al ciudadano que acuda al centro de verificación en la última semana del período, el centro revisará los adeudos de sanciones cívicas y, en caso de que existan, se entregará la consulta de adeudos sellada y se le informará que no podrá verificar en tanto no resuelva su situación.

2) Se informará al ciudadano que, de así desearlo, podrá realizar el o los cursos en línea dentro de las instalaciones del centro de verificación. En caso de aprobar los cursos, se puede hacer la verificación vehicular ese mismo día.

3) En el caso de que el automotor no haya sido verificado en su período, se solicitará al ciudadano, adicional a los requisitos establecidos en el PVVO, la consulta de adeudos sellada por el mismo centro, en donde muestre que en la última semana de su período tenía adeudos por fotos cívicas. Deberá consultar el estatus de adeudo en el portal de la ADIP.

4) Al acudir al centro de verificación, se revisará que la consulta esté sellada y, de ser así y que no existan adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se procederá con la verificación vehicular sin solicitarle multa por verificación extemporánea.

5) En el supuesto que la unidad sea rechazada en el período de ampliación o que no pueda realizar la prueba por tener adeudos de infracciones de tránsito, de fotos cívicas, ambientales o de tenencia, se hará acreedor a la multa por verificación extemporánea al concluir los 15 días de prórroga.

• Si después de los 15 días de la ampliación otorgada el vehículo no ha aprobado la verificación vehicular, el centro le prestará el servicio solicitándole el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea, la cual podrá ser por un monto del 50 por ciento de descuento.

• La ampliación para cada periodo se sujeta al siguiente calendario:

• El Aviso por el que se da a conocer esta modificación al Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2022 fue publicado el pasado 21 de enero en la Gaceta Oficial de la Ciudad.